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viernes, 16 de junio de 2017

Licencias GPL





¿Qué es la licencia GPL?

Los programas suelen distribuirse con licencias propietarias o cerradas.

Estas licencias son intransferibles y no exclusivas, es decir, no eres propietario del programa, sólo tienes derecho a usarlo en una maquina o tantas como se te permita expresamente en la licencia y no puedes modificar el programa ni distribuirlo.

La licencia GPL o General Public License, desarrollada por la FSF o Free Software Foundation, es completamente diferente. Puedes instalar y usar un programa GPL en una o tantas maquinas como uno quiera, sin limitación. También puedes modificar el programa para adaptarlo a lo que tu quieras que haga. Además, podrás distribuir el programa GPL tal cual o después de haberlo modificado.

Puedes hacer esto, regalando el programa o vendiéndolo, tu única obligación, es facilitar siempre con el programa binario el código fuente, es decir, el programa de forma que pueda ser leído por un programador.

Los programas propietarios o cerrados, solo se distribuyen en binario, listos para ejecutarse en el ordenador.

Los programas GPL no tienen garantía, igual que casi todos los programas propietarios, no obstante, ofrecen más derechos a sus usuarios y su sistema abierto hace que los defectos sean detectados y depurados a gran velocidad con la ayuda de cientos de programadores a través de Internet. Por otro lado, nada impide a una empresa garantizar el Software Libre junto a otros servicios que oferte.

El Trabajador asalariado y la GPL

Salvo pacto en contrario, el programa creado por un trabajador en el ejercicio de las funciones que le han sido confiadas o siguiendo las instrucciones del empresario es propiedad en exclusiva de ese empresario.

Cuando estés en esa situación y utilices código fuente de programas GPL deberás informar que no puedes transferir la propiedad en exclusiva del programa final, puesto que éste será también GPL y por lo tanto de libre distribución junto al código fuente.

Recuerda que conforme al artículo 45 de la Ley de Propiedad Intelectual, toda cesión deberá formalizarse por escrito.

Puedes firmar un contrato para entregar un trabajo que consista en una traducción u otra modificación de un programa GPL a una persona y en una fecha concreta, pero esa persona no será propietaria en exclusiva de tu trabajo.

En la Unión Europea se permite la llamada ingeniería inversa pero no puedes obtener el código fuente del programa cerrado o propietario por medios delictivos.

Siendo un usuario legítimo, puedes reproducir el código de un programa para conseguir la interoperabilidad de dicho programa con uno independiente de tu creación, siempre que el autor del programa no te mande esa información y no utilices ese código para \"el desarrollo, producción o comercialización de un programa sustancialmente similar en su expresión, o para cualquier otro acto que infrinja los derechos de autor\".

Es posible que no reproduzcas el código de dicho programa sino que escribas un programa similar con tu propio código fuente, esto es perfectamente legal, puesto que el derecho de autor o copyright del software, no protege \"las ideas y principios en los que se basan los programas de ordenador incluidos los que sirven de fundamento a sus interfaces\".Esto quiere decir, que puedes escribir programas GPL a partir de programas no GPL, para eso debes implementar esas ideas escribiendo el código fuente tú mismo, sin reproducir el propietario.

La GPL en la empresa

Si pagas el impuesto de sociedades, seguramente te interese deducir de la base imponible las cantidades que destines al mecenazgo y otros gastos en actividades de interés general, de esta forma, puedes elegir un proyecto GPL que te interese o comenzar uno y financiarlo con un dinero que de otro modo iría a parar a Hacienda.

Te beneficiarás además al poder usar el programa GPL resultante, con su código fuente accesible, lo que asegura su adaptación y mejora continua por y para todos.

Por último y no menos importante, mediante el mecenazgo, puedes mejorar la imagen de tu empresa ante los consumidores, gracias al apoyo de software GPL de amplia y rápida distribución.

El mecenazgo es conocido como convenio de colaboración y consiste en la difusión de la participación de la empresa en la actividad de interés general que promueva un tercero.Lamentablemente la ley prohíbe a la empresa comprometerse a entregar porcentajes de participación en ventas o beneficios. Pueden establecerse como contraprestación, cantidades económicas ciertas, prestaciones de servicios o bienes materiales como equipos informáticos. La ley dificulta y limita la cantidad que puedes deducirte como empresa si donas bienes materiales.Desde el punto de vista empresarial es más rentable donar dinero y luego vender el bien de segunda mano que donar ese mismo bien directamente.

El patrocinio es un contrato publicitario que puede tener el mismo fin que el mecenazgo, pero a efectos prácticos es menos indicado, ya que se grava con I.V.A y para la entidad destinataria supone un beneficio que no siempre es fácil de demostrar que coincide con el objeto social.

Para que la empresa tenga derecho a deducción la entidad destinataria tiene que ser una asociación declarada de utilidad pública o una fundación.Esto se aplica también a las Universidades Públicas y sus Colegios Mayores,a los organismos públicos de investigación e incluso a las Corporaciones locales.

Puedes deducir el donativo completo como partida deducible al determinar la base imponible del impuesto de sociedades.No puedes deducir mas del 5% de la base imponible o del 0,5% del volumen de ventas.El límite de deducción por mecenazgo es compatible con el aplicable a otros gastos en actividades de interés general.

La ley permite que las empresas puedan deducir los gastos que ocasione el desarrollo de una actividad de interés general que hayan realizado por sí mismas, sin que intervengan las entidades mencionadas previamente.El límite es también el 0,5% del volumen de ventas o el 5% de la base imponible.

Las cooperativas, están obligadas por ley a dotar con el beneficio neto algunos fondos como el de educación y promoción cuya función es la educación y formación y que podría ser una interesante fuente de recursos para financiar proyectos GPL ya sean programas o manuales.

Las personas que tengan que pagar IRPF también pueden deducir los donativos que destinen a las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro que estén declaradas de utilidad pública.Puedes deducir en la cuota del IRPF hasta el 20% del valor de los bienes o las cantidades donadas.

Esta pendiente de aprobación la Ley de presupuestos en la que estos porcentajes aumentan hasta el 25% en caso del IRPF y al 15% para el IS para las donaciones a fundaciones dedicadas a la investigación.

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